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Cambiar las ventanas de la fachada en Barcelona: qué permiso necesitas y cómo pedirlo

Cambiar ventanas toca la fachada, así que casi nunca basta con un simple aviso. Te explicamos qué régimen corresponde según la protección del edificio y cómo presentarlo tú mismo.

Salida al balcón
Fotografía del proyecto Urgel · BCN YARD

Respuesta corta: qué permiso necesitas

Las ventanas que dan a la calle o al patio interior forman parte de la fachada, así que en Barcelona cambiarlas casi nunca entra en el assabentat (aviso de obras menores). Según la Ordenança reguladora dels procediments d'intervenció municipal en les obres (ORPIMO, ordenanza de procedimientos de intervención municipal en obras), ese régimen solo cubre obras interiores que no modifican distribución, estructura ni fachada. La restauración, modificación o reparación de fachadas en un edificio sin protección es obra menor tipo II, es decir, comunicat immediat (comunicado inmediato). Si el edificio está protegido, el régimen se endurece y puede llegar a la llicència d'obres majors (licencia de obra mayor).

Puedes presentarlo tú en la Seu electrònica del Ajuntament, pero un comunicat necesita un técnico que redacte la documentación y tramite el informe d'idoneïtat tècnica (IIT). El régimen exacto para tu dirección te lo da la consulta prèvia (consulta previa). Las normas cambian: revisa la página actual del trámite antes de presentar.

Qué régimen según la protección del edificio

La ORPIMO distingue según la protección del edificio. En un edificio corriente sin protección, las obras en fachada, ventanas incluidas, son obra menor tipo II: comunicat immediat. En edificios de nivel D y en los integrados en conjuntos protegidos, las obras en fachada son tipo I, es decir, comunicat diferit (comunicado diferido), y el Ajuntament dispone de un mes para revisarlas. En edificios de nivel C, la conservación ordinaria y las reparaciones menores que no afecten a los elementos protegidos siguen en tipo II; lo demás en fachada pide licencia. En edificios de nivel A y B, cualquier actuación en fachada que no sea conservación ordinaria o reparación menor va por licencia de obra mayor.

En una vivienda unifamiliar, la ORPIMO considera tipo II la intervención en fachada sin aumento de volumen ni cambio de uso. La respuesta definitiva para tu dirección la da siempre la consulta prèvia, así que comprueba el nivel de protección antes de elegir ventanas.

Qué puedes cambiar y qué no

La Ordenança dels usos del paisatge urbà (OUPU) obliga a mantener la composición arquitectónica de la fachada. Barandillas, persianas y toldos de un mismo edificio deben conservar la homogeneidad de color, material, textura y forma, y se prohíbe alterar la composición salvo para restituir el orden original. Incluso los criterios municipales sobre aparatos de aire acondicionado integrados en un hueco insisten en respetar el despiece y los colores de la carpintería original. En un edificio del Eixample con balconeras de madera y persianas de librillo, las nuevas ventanas tienen que repetir el dibujo, el color y el tipo de apertura; cambiar madera oscura por PVC blanco casi seguro no pasará.

También está la parte civil. Según el Codi civil de Catalunya puedes reformar tu vivienda siempre que no alteres la configuración ni el aspecto exterior del edificio; tienes que comunicar antes las obras a la presidencia o a la administración de la comunidad y, si afectan a elementos comunes, hace falta acuerdo de la junta. Enseña una muestra a la comunidad antes de encargar las ventanas, sobre todo si cambias color o perfil.

Para las plantas piso la OUPU tiene un artículo propio. En todos los huecos de las plantas piso de una fachada solo se admite un único sistema de carpintería y persianas, igual en colocación, diseño, material y color, y solo en uno de estos casos: se conserva la carpintería original; se restituye a su posición y color originales; o se obtiene licencia de obras con un proyecto arquitectónico global de la fachada. El mismo artículo prohíbe los vidrios reflectantes y adelantar la carpintería para convertir el balcón o la terraza en espacio interior. Es decir, cerrar el balcón aprovechando el cambio de ventanas no encaja en estas normas.

En una casa unifamiliar, por ejemplo en Castelldefels, la OUPU no se aplica, pero el ayuntamiento tiene sus propias normas sobre fachadas: pregúntalas en información urbanística.

Qué preparar y quién lo hace

Para obras en la fachada de un edificio sin protección, la ORPIMO pide un proyecto técnico firmado por técnico competente con memoria, planos y presupuesto; la declaración responsable de asunción de la dirección de obra y de la dirección de ejecución; fotos en color de la fachada; y el estudio de seguridad y salud o estudio básico, con la designación del coordinador. El proyecto y las declaraciones los prepara el técnico (arquitecto o arquitecto técnico), que además tramita el IIT en su colegio.

Tú aportas la referencia catastral, las fotos, los datos de la vivienda y el acuerdo de la comunidad si hace falta. El carpintero o fabricante te da la ficha técnica: transmitancia térmica, permeabilidad al aire, color y sección del perfil. Esos datos sirven dos veces: para el proyecto y para ayudas o deducciones fiscales, donde las ventanas deben cumplir los valores límite del Código Técnico (DB HE-1).

Cómo presentarlo paso a paso

Empieza con la consulta prèvia en la Seu electrònica del Ajuntament: indicas dirección y tipo de obra y obtienes el régimen, la lista de documentos y un número de consulta. Después tiene que presentar la misma persona, porque el número queda vinculado a su documento de identidad. Luego el técnico prepara el proyecto y el IIT. Con todo listo presentas el comunicat en la Seu electrònica: identificación (normalmente idCAT Mòbil, Cl@ve o certificado digital), formulario, archivos y firma electrónica. Si lo presenta tu técnico en tu nombre, será siempre por internet, porque los profesionales están obligados a la vía telemática.

En el comunicat immediat, una vez admitida la documentación, pagas el ICIO y la tasa por internet o en una entidad colaboradora; según la web del Ajuntament en 2026, el ICIO es del 4% del presupuesto de ejecución material, y la tasa y las bonificaciones figuran en las ordenances fiscals vigentes. Pagado, puedes empezar. En el comunicat diferit esperas hasta un mes: recibirás la admisión con la carta de pago o un avís d'ineficàcia con las deficiencias. Con licencia, la página del trámite fija dos meses de resolución, tres si hace falta informe de patrimonio.

Después de presentar: plazos, obra y dinero

Guarda en la obra la admisión del comunicat y el justificante de pago. La carta de pago vale tres meses y las obras con comunicat tienen que acabar en los seis meses siguientes a la fecha de inicio que pusiste en la solicitud. Si durante el montaje cambia el proyecto, en un comunicat hay que presentar uno nuevo con su IIT actualizado.

Sobre el dinero. El programa del Consorci de l'Habitatge de Barcelona, con hasta 6.000 € para cambiar ventanas, exigía acabar las obras antes del 30 de junio de 2026, así que ahora toca vigilar nuevas convocatorias en la web del Consorci; en esas ayudas la mejora se acreditaba con certificado energético antes y después. En el IRPF, la Agencia Tributaria prevé una deducción del 20% (base máxima de 5.000 €) por obras en la vivienda habitual que reduzcan al menos un 7% la demanda de calefacción y refrigeración, para cantidades pagadas hasta el 31 de diciembre de 2026, con el certificado energético expedido antes del 1 de enero de 2027. Revisa los requisitos antes de encargar, no después. Además, el Institut Municipal del Paisatge Urbà tiene su convocatoria 2026: en edificios con interés patrimonial subvenciona el 30% (tope de 20.000 €) de la recuperación de huecos y la homogeneización de carpinterías y persianas. La solicitud de informe técnico puede presentarse hasta el 16 de noviembre de 2026, salvo que se agote antes el presupuesto, no se admiten obras ya terminadas y normalmente la pide la comunidad.

Errores habituales

Primer error: presentar el cambio de ventanas como assabentat porque parece una obra pequeña. Las ventanas de fachada no entran en ese régimen y, si hay inspección, la obra quedará sin el título adecuado. Segundo: encargar ventanas de otro color o con otro despiece sin mirar la OUPU ni consultar a la comunidad. Tercero: no comprobar la protección del edificio y presentar un comunicat immediat donde tocaba comunicat diferit o licencia.

Cuarto: arrancar las ventanas viejas antes de pagar el ICIO en el comunicat immediat, o antes de la admisión en el diferit. Quinto: no hacer el certificado energético antes de la obra y perder después la ayuda o la deducción. Sexto: en una casa fuera de Barcelona, guiarse por las normas de Barcelona.

Si prefieres no encargarte tú, en BCN YARD asumimos la tramitación junto con la reforma.

w123.bcn.cat

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seuelectronica.ajuntament.barcelona.cat

ajuntament.barcelona.cat

sede.agenciatributaria.gob.es

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