
Respuesta corta: tres ventanillas y quién hace qué
Una instalación de autoconsumo pasa por tres fases. La primera es el permiso de obras en el Ajuntament. En Barcelona, para una instalación normal en cubierta, la guía de Energia Barcelona habla de assabentat (aviso) o comunicat immediat (comunicado inmediato) según haya o no afectación estructural; el régimen exacto te lo da la consulta prèvia. La segunda es la legalización eléctrica, que hace el instalador, y la inscripción en el Registre d'autoconsum de Catalunya (RAC, registro de autoconsumo de Cataluña), que pide la persona titular. La tercera son las ventajas fiscales: bonificaciones de IBI e ICIO en el Ajuntament y la nueva deducción del IRPF de 2026.
Buena parte del papeleo lo llevan, por norma o por costumbre, el instalador y el técnico, pero tú puedes controlar el proceso y presentar tú mismo la solicitud del RAC y la bonificación del IBI. Las normas cambian: revisa las páginas actuales de cada trámite antes de presentar.
Qué permisos necesitas y cuándo
Edificio de viviendas en el Eixample. La cubierta es común, así que primero va el acuerdo de la comunidad. El Codi civil de Catalunya permite aprobar por mayoría simple la instalación de sistemas de energías renovables en elementos comunes, tanto de uso común como de utilidad particular a petición de los propietarios interesados, aunque afecte a la configuración exterior. Después, el permiso municipal. Si el edificio está catalogado, la ordenanza de paisaje urbano exige licencia municipal para estos elementos, y el Ajuntament publica criterios de integración en cubierta: soluciones bajas, retiradas del borde de fachada y con altura limitada sobre la cubierta plana.
Casa en Castelldefels. Allí no rigen la OUPU ni la ORPIMO; manda el ayuntamiento, y muchos municipios catalanes someten las placas en cubierta a comunicació prèvia (comunicación previa), pero confírmalo en información urbanística. Pregunta también si hay bonificación de IBI: el ICAEN tiene un buscador de municipios con esta ventaja.
La parte eléctrica es igual en toda Cataluña. Una instalación de hasta 15 kW en suelo urbanizado no necesita permiso de acceso y conexión; entre 15 y 100 kW sí. Hasta 10 kW basta una memoria técnica; por encima hace falta proyecto firmado por técnico competente.
Qué preparar y quién lo hace
Tú, como titular: referencia catastral, acuerdo de la comunidad con el acta de la junta si la cubierta es común, contrato y factura del instalador desglosada por conceptos (para la bonificación del IBI el Ajuntament pide la factura según su modelo) y el acuerdo de compensación de excedentes con tu comercializadora. Si vives de alquiler, la guía de Energia Barcelona recuerda que hay que ser propietario o tener su consentimiento.
El técnico competente: documentación para el permiso municipal, comprobación de que la cubierta aguanta la carga y certificat de direcció i finalització d'obra (certificado de dirección y final de obra), que se usa tanto para el RAC como para la bonificación del IBI.
El instalador: montaje conforme al reglamento de baja tensión, certificat d'instal·lació elèctrica (CIE, boletín eléctrico), declaració responsable (declaración responsable) de la instalación de baja tensión para inscribirla en el RITSIC y memoria técnica para el RAC. Si pasa de 15 kW o está fuera de suelo urbanizado, también gestiona con la distribuidora el permiso de conexión y el contrato técnico.
Cómo tramitarlo paso a paso
Paso uno: valora la cubierta y pide dos o tres presupuestos. Paso dos: consigue el acuerdo de la comunidad. Paso tres: en Barcelona, haz la consulta prèvia en la Seu electrònica y presenta lo que te indique, identificándote con idCAT Mòbil, Cl@ve o certificado digital; si es un comunicat, paga el ICIO y la tasa antes de empezar. Paso cuatro: el montaje.
Paso cinco: el instalador presenta a la Generalitat la declaración responsable de la instalación de baja tensión, requisito previo para lo siguiente. Paso seis: si la instalación es con compensación de excedentes, la persona titular pide la autorització d'explotació definitiva (autorización de explotación definitiva) en Tràmits gencat; para instalaciones sin excedentes la Generalitat tiene un trámite distinto. Solo se puede hacer por internet, con idCAT Mòbil o certificado digital, adjuntando la memoria técnica o el proyecto, el certificado de final de obra y, si procede, el contrato con la distribuidora. Hay que pedirla antes de poner la instalación en marcha y es gratuita. Al enviarla recibes por correo un identificador para seguir el estado en Canal Empresa o en el 012.
Paso siete: firma con tu comercializadora la compensación de excedentes para que la energía que viertes a la red rebaje la factura.
Después de presentar: respuesta, bonificaciones y deducción
La Generalitat comprueba los datos en un máximo de tres meses. Si todo está bien, emite el documento de inscripción en el RAC, que descargas en el área privada de Canal Empresa. Si no, dicta una desestimación que te notifica electrónicamente; tienes 10 días naturales para abrir la notificación y un mes para recurrir.
Según la web Energia Barcelona del Ajuntament en 2026, las instalaciones voluntarias en edificios residenciales tienen una bonificación del 50% del IBI durante los tres primeros años tras la inversión y del 95% del ICIO; la ordenanza fija una potencia mínima por vivienda. El IBI se pide al Institut Municipal d'Hisenda con la admisión del comunicat de obras, la autoliquidación del ICIO, la factura del instalador según modelo, el certificado de final de obra y el acuse de la solicitud del RAC; en instalaciones colectivas, además, el acta de la comunidad con el reparto de costes.
Deducción del IRPF: el Real Decreto-ley 7/2026 permite deducir el 10% de lo pagado por una instalación de autoconsumo en un inmueble de tu propiedad, o el 20% en viviendas de edificios de uso predominantemente residencial. La base máxima es de 5.000 € al año; la instalación tiene que hacerse, terminarse y pagarse en 2026, sin efectivo, con CIE; las subvenciones se restan de la base y no es compatible con las deducciones por eficiencia energética para la misma instalación.
Errores habituales
Primero: poner la instalación en marcha sin haber pedido el RAC. La página del trámite exige presentar la solicitud antes de la puesta en funcionamiento. Segundo: pagar al instalador en efectivo, que deja fuera la deducción del IRPF. Tercero: no conseguir el certificado de final de obra del técnico; sin él no salen ni el RAC ni la bonificación del IBI.
Cuarto: montar placas en la cubierta común sin acta de la comunidad. Quinto: no comprobar si el edificio está catalogado, donde hace falta licencia. Sexto: en una casa fuera de Barcelona, contar con las bonificaciones de Barcelona; cada municipio tiene sus ordenances fiscals. Séptimo: dejar la obra para diciembre y no llegar a terminar y pagar en 2026, que es el año de la nueva deducción.
Si prefieres no encargarte tú, en BCN YARD asumimos la tramitación junto con la reforma.